jueves, 28 de septiembre de 2017

ORIGEN DE LA LEGISLACION LABORAL

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL 

Comienza en 1985 y a principios del siglo xx, se apropio la burguesía bancaria y comercial del poder por lo que promueve la industrialización y la acumulación capitalista.El país se transforma por las consecuencias de orden social, económico y político y aparece la clase obrera.En lo social las migraciones comienzan a ser problemas sociales.Por el encabezamiento del costo de la vida se desvaloriza el salario, y en lo político se desarrolla una lucha que permita satisfacer demandas salariales y además que permita la subsistencia.“La Revolución Alfarista de 1895 y Juliana de 1925 desarrolla un verdadero proceso de ordenamiento jurídico con la creación de leyes que dan el primer paso de la normalidad de las relaciones laborales.El Derecho Laboral es el resultado de una serie de factores nacionales e internacionales que influyeron directamente o indirectamente el desarrollo de Derecho Laboral Ecuatoriano.A los factores internos tenemos el desarrollo industrial de los obreros para exigir sus Derechos.La primera ley obrera establece que todo trabajador, no será obligado a trabajar mas de ocho horas diarias, el patrón no esta obligado a pagar daños y prejuicios. La segunda ley establece la indemnìzaciòn pecuniaria por accidentes de trabajo, entre accidentes de trabajo y enfermedad profesional, regula la indemnización en los casos de capacidad total, parcial y de muerte del trabajador y caligrafía el un fortuito. En el código de trabajo eliminan los esfuerzos de una generación que enarbola los ideales humanistas de la transformación económico y social del mundo.

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
Para cualquier empresario o trabajador, o quien de una u otra forma tenga que entenderse con asuntos laborales, es imprescindible tener a la mano el código sustantivo del trabajo, código que regula la contratación de trabajadores. 

DERECHO INDIVIDUAL DE TRABAJO 

En que consiste desde el punto de vista histórico la idea y concepto de trabajo.
La idea y concepto de trabajo, varían de acuerdo con los distintos regímenes económicos de cada país, pero coinciden esencialmente quienes pretenden justificar el trabajo  subordinado, en la intención de someter al trabajador y dar base a las ganancias y a los pretendidos derechos del patrón. El desarrollo económico alcanzado y la capacidad de los trabajadores, hacen posible que además de participar en las utilidades, intervengan en la dirección y administración de la empresa .

Una idea fundamental identifica al trabajo con el esfuerzo que realiza una persona; o sea, que todo trabajo implica llevar a cabo un esfuerzo, que debe tener alguna repercusión en el orden económico; y en alguna medida satisfacer una necesidad.


"De acuerdo con Prontitud la facultad de trabajo distingue al hombre de la bestia y tiene su fondo en las profundidades de la razón." Palabras que nos hacen derivar que no existen dos campos distintivos del trabajo material e intelectual. Pues todo esfuerzo material al ser realizado por la persona encuentra su causa motivo y justificación en la razón; así como el trabajo intelectual, para ser trascendente implica la realización de un esfuerzo material.Ahora bien, el concepto de trabajo obliga a tener en cuenta tanto su repercusión en el orden económico como la protección jurídica que debe otorgársela, es decir, que el trabajo como actividad y esfuerzo, constituye el centro de las preocupaciones de este derecho y, es innegable su repercusión en el ámbito económico como también su trascendencia en el campo jurídico. "El trabajo es pues una condición de existencia del hombre que tiene como objeto crear satis factores y resulta tutelado por el estado , cuando existe relación jurídica de subordinación.



EL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO 

es una parte del derecho laboral que comprende las relaciones que se establecen entre una asociación de trabajadores y un empleador o asociación de empleadores.


EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL 



El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.

El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, materia de esta ley, u otras que se incorporen normativa mente en el futuro.


CAMPO DE APLICACIÓN 

Es la consideración del ámbito subjetivo al que se extiende el Sistema de la Seguridad Social. ... Asimismo, el ámbito subjetivo se extiende, en la modalidad no contributiva, conforme a la Ley 26/1990, de 20 de diciembre.


SERVIDORES PÚBLICOS


s una persona que brinda un servicio de utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no genera ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo). Los servidores públicos, por lo general, prestan servicios al Estado.


NORMAS PROTECTORAS DEL TRABAJO


 El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades licitas de la especial protección del estado. El trabajo es toda actividad libre y licita ya sea material o intelectual que hace una persona natural para otra natural o jurídica siempre que se haga mediante un contrato de trabajo,


QUE ES EL TRABAJO 


como actividad económica, medida del esfuerzo hecho por seres humanos, contrapuesto al capital.


APLICACIÓN DE LA NORMA 


Todo empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia. la correcta aplicación influye en la buena marcha se su empresa y redunda en beneficios de las relaciones con sus trabajadores.

La no aplicación de las normas laborales. o su aplicación incorrecta, traer como consecuencia, para el empleador imposiciones de multas y sanciones por parte de las autoridades del ramo. las cuales pueden llegar hasta el cierre del establecimiento. ademas de los diferentes conflictos que surjan con cada uno de sus trabajadores en particular.






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